Con 72 votos a favor y 34 en contra , el pleno del Senado aprobó la reforma en materia penal y de propiedad industrial para castigar con mayor severidad la piratería, desde el ámbito aduanal hasta su venta en tianguis, mercados o plazas, con cárcel de hasta 10 años para los ambulantes en posesión de mercancía pirata.
El nuevo artículo 433 del Código Penal Federal establece que “cuando derivado del ejercicio de las actividades inherentes de una autoridad competente, se ubiquen mercancías en establecimientos comerciales, locales fijos, puestos temporales o semifijos o en vías o lugares públicos, cuya procedencia tenga que verificarse, las diligencias se entenderán con la persona que sea encontrada en posesión de las mercancías, quien fungirá como responsable de estas”. Sanciones en la Ley de Propiedad Industrial